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Estimados Tengo una duda gigantesca, un empresario individual acogido al 14A quiere retirar una propiedad del A.F. de la empresa (no lo vendera, traspasara la propiedad a su hijo). Cual es el tratamiento contable, y triburario? a.-) Se retira la propiedad del A.F. de la empresa a valor comercial (previa tasación), esto generara una diferencia positiva para la empresa ya que si la propiedad vale 300 y su valor libro es 100, quedara un mayor valor de 200, estos 200 de mayor valor para la empresa pero que no constituye efectivo para la empresa, pagara renta ? pagar iva? b.-) En caso de que pague IVA que documento respaldara esto? factura de venta?. Gracias por su ayuda
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