Reconocimiento de Gasto en Constructora

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Estimados consulto a ustedes

Una empresa constructora tiene empresas subcontratos que le retiene un %  de los cobros (sin facturar hasta el final de la obra )solo en el Estado de Pago se hace referencia del gasto incurrido

Ejemplo

un servicios prestado XXX  a la empresa constructora (contrato de subcontratista)

1.- Estado de pago por un monto $ 100.000.- retención 5% $ 5.000 ; valor neto a facturar $ 95.000.- ; iva 18.050.- monto total $ 113.050.- al termino de obra se juntan todas las retenciones efectuadas y se facturan esos montos no facturados en casa Estado de Pago, consulta

para efectos financieros es gasto $ 100.000.-(no hay dudas)

para efectos tributarios es gasto $ 95.000.- se genera un impto. diferido (5.000*25,5% año2)=1.275.- (por que ese gasto no facturado ni tampoco en un documento real o autorizado por el SII) Duda

mi consulta tiene relación con lo tributario

que gastos tributariamente es de este subcontrato los $ 100.000.- o los $ 95.000.- ya que si no son iguales generare impuestos diferidos .

si alguien tiene noción o algún dictamen o resolución de estos gastos agradecería poderme ayudar a clarificar esta duda , gracias por su ayuda

jose

 

Marcado como SPam
Pregunta realizada el 01/03/2017 16:06
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Respuesta privada

Yo entiendo que el contrato sustenta la deuda de los 100.000, es decir, se tiene derecho a cobrar esa deuda aunque no haya facturado el total ,por lo cual creo que el gasto tributario y financiero es el mismo (los 100.000) con lo cual yo opino que no existe impuesto diferido.

Si analizas los requisitos para que los gastos sean aceptados tributariamente en una empresa que declara en base a renta efectiva, estos son los establecidos en el Artículo 31 de la Ley sobre Impuesto la Renta, dentro de los cuales se pueden mencionar los siguientes:

a) Deben corresponder a gastos pagados o adeudados.

b) Deben estar respaldados o justificados con la documentación legal correspondiente.

c) Deben corresponder al período.

d) Gastos necesarios para generar la renta.

e) Deben ser del giro de la empresa.

Yo creo en base a esto que el gasto financiero y tributario es el mismo , los 10.000

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Respondido 01/03/2017 16:47

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