PAGO DE REMUNERACIONES ATRAZADAS

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Buenas tardes. Por favor necesito de su ayuda.

Debo calcular remuneraciones atrasadas según código 63 del código del trabajo la primera parte de actualización por IPC la tengo lista, pero me falta la segunda parte que dice Art 63 :

Las sumas a que se refiere el inciso primero de este artículo, reajustadas en la forma allí indicada,
devengarán el máximo interés permitido para operaciones reajustables a partir de la fecha en que se
hizo exigible la obligación.

Alguien sabe donde encuentro estos valores (el máximo interés permitido para operaciones reajustables). Las remuneraciones son desde octubre 2020 hasta diciembre 2022. y se cancelaran en este mes de junio 2023.

Gracias….

 

Marcado como SPam
Pregunta realizada el 01/06/2023 14:50
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