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Estimados Amigos, según Res. de SERVIU toda vivienda que se financie total o parcialmente con recursos del estado (subsidio) estaría exenta de IVA, por lo cual la constructora debería emitir Factura exenta. Por lo anterior, según entiendo, las compras de mercaderías que fueran destinadas a la construcción de esta vivienda No darían Derecho a Crédito Fiscal. Pero, entonces ese IVA (Crédito Fiscal) se perdería..? En el For. 29 se registra como compras Afectas sin Derecho a Crédito Fiscal. Agradecido de vuestra ayuda…
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