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buenas tardes, Consulta un dueño de colectivo es necesario que realice iniciación de actividad. Si la respuesta es no, se que se debe pagar el PPM mensual del 0,3% del avalúo fiscal, ya que tributa como renta presunta, pero en el f29 como se declara este porcentaje. Agradezco su respuesta de antemano
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Respuesta privada
Según preguntas frecuentes del SII
La manera en que debe tributar una persona que explota un taxi (colectivo, radio, taxi básico, etc.), es la siguiente: Mensualmente deben enterar un Pago Provisional Mensual (PPM), equivalente al 0,3% sobre el avalúo fiscal del taxi, a través del Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo. Pagar el Impuesto de Primera Categoría con tasa de 25% sobre la Renta Presunta, a través del Formulario 22 de Renta, específicamente en los códigos 187, 188 y 189. Para calcular la Renta Presunta se debe considerar el avalúo fiscal del taxi y descontarle el 30%. Sobre el valor determinado se le debe aplicar el 10%. Incluir la Renta Presunta del Impuesto Global Complementario, mediante el Formulario 22, específicamente en la línea 4, códigos 603 y 108. Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Tasación fiscal de vehículos. Adicionalmente puede consultar esta materia en el menú Declaración de renta, Ayudas, Más información. Marcado como spam
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